CARTEL CARNAVAL 2022

ASUNTO: DECRETO DE LA ALCALDÍA PARA APROBAR LAS BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO DE DISFRACES DE CARNAVAL 2.022 DEL AYUNTAMIENTO DE LA GUIJARROSA

Gex: 79/2022
DECRETO-. APROBACIÓN EXPEDIENTE BASES DEL CONCURSO DE DISFRACES DE CARNAVAL 2.022
Considerando la necesidad de este Ayuntamiento de regular las condiciones y reglas para las bases del concurso de disfraces de CARNAVAL 2.022, para el día 26 de
Febrero (en caso de lluvia el 5 de Marzo), fecha de celebración del Carnaval 2.022.
Visto el informe de Secretaría-Intervención y las bases redactadas, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,
RESUELVO:
PRIMERO.- Aprobar las bases que han de regir el Concurso de Carnaval 2.022 del Ayuntamiento de La Guijarrosa y que a continuación se indican:
AYUNTAMIENTO DE LA GUIJARROSA
Concejalía de Cultura
BASES DEL CONCURSO
PRIMERO. Objeto
El objeto es otorgar los premios del concurso de disfraces que se convoca con motivo de la celebración del Carnaval 2022, que se desarrollará el sábado, día 26 de Febrero (en caso de
lluvia, se aplazará al día 5 de Marzo).
El premio se otorgará en régimen de concurrencia competitiva.
SEGUNDO. PremioLa dotación económica de la subvención prevista asciende a la cantidad de 1.100,00 €, que se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 338.48000 del presupuesto general del Ayuntamiento de La Guijarrosa, con destino al premio que sea concedido por el Jurado del Concurso de Carnaval 2022, siendo el órgano competente para resolver la alcaldía.
Se establece el siguiente premio:
Individuales 0-3 años Individuales Grupos
1º: 60€ 1º: 80€ 1º: 200€
2º: 50€ 2º: 70€ 2º: 150€
3º: 40€ 3º: 60€ 3º: 120€
4º: 30€ 4º: 50€ 4º: 100€
TERCERO. Plazos
Los participantes deberán inscribirse en el concurso ese mismo día a partir de las 16:00 hasta el comienzo del pasacalle.
CUARTO. Beneficiarios de la subvención y disfraces Beneficiarios de la subvención: Podrán concurrir a este concurso cuantos creadores y creadores lo deseen, cuyos disfraces no hayan sido galardonadas en otros certámenes o concursos.
El jurado puntuará a los disfraces individuales de 0-3 años; disfraces individuales infantil o adulto y disfraces de grupo. No se valorará los disfraces en las tres categorías, sólo en la que
se inscriba.
Los disfraces inscritos como “Grupos”, están obligados a tener un representante y estarán compuestos de al menos 3 personas, guardando relación entre los disfraces.
La temática será libre, ya que se pretende que sea un concurso libre y de gran variedad creativa.
Se excluyen del concurso la ropa o uniformes de trabajo.
QUINTO-. Criterios de valoración y puntuación máxima
Criterios de valoración y puntuación (5 puntos como mayor puntuación)
Originalidad y creatividad (de 1 a 5 puntos)
Caracterización (de 1 a 5 puntos)
Espontaneidad en el desfile (de 1 a 5 puntos)
Se puede obtener una puntuación máxima de 15 puntos por persona.Si a juicio del Jurado, los disfraces presentados no reuniesen calidad para optar a Premio o no cumpliesen las condiciones establecidas podrá declararse desierto alguno o algunos de los Premios del Concurso. El fallo del jurado será inapelable.
Los premios se conocerán el día 26 de Febrero (en caso de lluvia, el día 5 de Marzo), el importe del premio se hará efectivo una vez se presente en el registro de entrada la documentación
que se adjunta a la decisión deliberada por el jurado. (INSTANCIA+MANTENIMIENTO A TERCEROS)
Los ganadores de los premios se comprometen a aportar sus datos personales y firma al recibir el premio otorgado. Y la declaración responsable anexa a estas bases.
El hecho de participar en el Concurso implica la aceptación de todas y cada una de estas Bases.
SEXTO-. Del Jurado
El jurado del Concurso de Disfraces estará compuesto por representantes designados por la Concejalía de Festejos.
El Jurado se constituirá en su primera reunión y se reunirá tantas veces como sea necesario para la selección de la obra ganadora.
En caso de empate en la votación, se decidirá con el voto de calidad del Presidente.
El Jurado elevará al órgano municipal competente la propuesta de premio que corresponda otorgar.
Las decisiones del Jurado serán inapelables. Los concursantes, por el mero hecho de participar en este certamen, renuncian expresamente al ejercicio de todo tipo de reclamaciones contra las
resoluciones de aquél.
El fallo del jurado se realizarán el día 26 de Febrero o en caso de lluvia el 5 de Marzo. El jurado comenzará con la valoración de los disfraces durante el desfile de los mismos.
La participación en el Concurso supone la plena aceptación de las presentes bases.
SÉPTIMO-. Obligaciones del beneficiario del premio.
El solicitante premiado vendrá obligado a:
1. Facilitar cuanta información le sea requerida por la Intervención del Ayuntamiento de La Guijarrosa
2. Presentar:
a. Fotocopia del DNI o documento fiscal identificativo.
b. Datos del solicitante: domicilio social, código postal y teléfono. Datos bancarios del solicitante: nombre, sucursal y número de cuenta, según modelo (Ficha Terceros)c. Declaración responsable expedida por el solicitante indicando que no se dispone de ninguna otra subvención para financiar el disfraz en cuestión (o, en caso contrario, detallando las subvenciones que se hayan solicitado o recibido previamente por parte de otras instituciones o entidades, públicas o privadas), que no incurre en ninguna de las causas establecidas en el Art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que está al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social a la fecha de la presentación de la solicitud (ANEXO II)
OCTAVO-. Procedimiento de concesión y Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la subvención, y el plazo en que será notificada
la resolución.

Vistas los disfraces presentados al Concurso de disfraces 2022 de La Guijarrosa, y habiendo fallado el Jurado el premio, que se realizará el día 26 de Febrero o en caso de lluvia el 5 de Marzo,
se emitirá propuesta de resolución por la Concejalía de Cultura como órgano instructor a la Alcaldía como órgano de aprobación de la concesión del citado premio.
Previamente a la formulación de la propuesta de resolución, el órgano instructor comprobará que el beneficiario cumple los requisitos establecidos en el apartado septimo de las presentes
bases.
El incumplimiento por parte del/la creador/a premiado/a de los requisitos establecidos será causa de anulación respecto a la propuesta de concesión del premio. En tal caso, y consultado el
Jurado, el premio podrá ser considerado desierto o concederse a la obra que haya quedado en segundo lugar.
NOVENO-. Otras disposiciones
Cualquier extremo no previsto en estas bases o duda sobre la interpretación de estas serán resueltos por la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de La Guijarrosa, de acuerdo con el Jurado nombrado al efecto.
Condiciones de solvencia y eficacia que hayan de reunir las personas jurídicas como, las sociedades mercantiles participadas íntegra o mayoritariamente por las Administracines públicas y los organismos o entes de derecho público: No procede, al tratarse de premios.
Posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta, así como el régimen de garantías que, en su caso, deberán aportar los beneficiarios: No procede, al tratarse de premios.
Circunstancias que, como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modificación de la resolución: No procede, al tratarse de premios.
Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales: Los disfraces premiados no podrán haber obtenidos premios en otros concursos.
Criterios de graduación de los posibles incumplimientos de condiciones impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones: No procede, al tratarse de premios.SEGUNDO-. Ordenar su publicación conforme a la legislación de subvenciones vigentes: las bases en el tablón de edictos del Ayuntamiento, y la concesion de los premios, en la Base Nacional de Subvenciones.
TERCERO-. Autorizar el gasto por importe de 1.100 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 338.48000 y aprobar los siguientes importes de premios:
GRUPOS:

1º PREMIO (200€) 2º PREMIO (150€) 3º PREMIO (120€) 4º PREMIO (100€)
INDIVIDUALES: 1º PREMIO (80€) 2º PREMIO (70€) 3º PREMIO (60€) 4º PREMIO (50€)
INDIVIDUALES 0-3 AÑOS: 1º PREMIO (60€) 2º PREMIO (50€) 3º PREMIO (40€) 4º PREMIO (30€)
CUARTO-. La concesión de los premios, previa acta del Jurado, se publicará en la BNDS.

En La Guijarrosa,
FIRMADO DIGITALMENTE
EL ALCALDE- PRESIDENTE
Por la Secretaría se toma razón, para su transcripción en el Libro de Resoluciones, a los efectos de garantizar su integridad y autenticidad (Art. 3.2 RD 128/2018, 16 marzo).