DECRETO
Vista la resolución 2024/45, de fecha 26/01/2024, por la que se Decreta la CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL FIJO POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS, DE UNA PLAZA DE OFICIAL DE ENCARGADO DE OBRAS PARA FORMALIZACIÓN DE CONTRATO.
Visto que este propio proceso, según lo establecido en su Base UNDÉCIMA, cuyas bases fueron publicadas ene el BOP Nº241/2022m el 20 de diciembre de 2022, cuenta con una bolsa de trabajo.
UNDÉCIMA.- Bolsa de trabajo.
11.1.- Los aspirantes que no hayan sido nombrados pasarán a conformar, previa resolución de Alcaldía, una bolsa de trabajo para su posible llamamiento y nombramiento como funcionarios interinos cuando concurra alguno de los supuestos previstos en el artículo 10 TREBEP, sin necesidad de convocar un nuevo proceso selectivo, que tendrá prioridad frente a cualquier otra bolsa constituida en este Ayuntamiento.
11.2.- Esta bolsa tendrá una duración de dos años a partir de su entrada en vigor, prorrogable por dos años más mediante Resolución motivada de Alcaldía.
11.3.- Advertida la concurrencia de los supuestos previstos en el precitado artículo 10 TREBEP, y autorizada su cobertura por la Jefatura de Personal, el Área de Personal de este Ayuntamiento realizará llamamientos de carácter individual al aspirante o aspirantes que, en cada momento, encabecen el orden de prelación. El llamamiento, sirviéndose de los datos que el aspirante o aspirantes hayan hecho constar en su solicitud, se realizará empleando los siguientes medios:
Correo electrónico.
Llamada telefónica.
El empleo de estos medios se realizará de forma sucesiva, efectuando el llamamiento, en primer lugar, mediante comunicación dirigida a la dirección de correo electrónica habilitada por el aspirante o aspirantes para, a continuación, practicar hasta un máximo de tres llamadas telefónicas, en intervalos de media hora como mínimo, advirtiendo de la comunicación electrónica realizada. El aspirante o aspirantes dispondrán de un plazo de dos días hábiles para que, de forma inequívoca mediante comunicación dirigida al Registro General del Ayuntamiento de La Guijarrosa, manifiesten su interés en el nombramiento ofrecido, entendiéndose declinado en caso contrario.
De no ser posible contactar con la persona seleccionada, se procederá a la exclusión del aspirante del llamamiento concreto, manteniendo, no obstante, su orden en la relación de integrantes de la Bolsa de Trabajo para futuros llamamientos, todo ello sin perjuicio de las medidas concretas que el Ayuntamiento pueda adoptar frente a incumplimientos reiterados por los aspirantes de mantener convenientemente actualizados tanto sus datos personales como de contacto.


En todas las actuaciones, el candidato al llamamiento deberá actuar y personarse por sí mismo, debidamente acreditado.
11.4.- Los aspirantes podrán ser excluidos de la Bolsa de Trabajo en los siguientes supuestos:
a) Previa solicitud expresa del interesado.
b) Rechazo del llamamiento sin que medie causa justificada.
c) Falta de incorporación al puesto de trabajo tras la aceptación de la oferta, sin causa justificada.
A los efectos del presente apartado, se entiende como causa justificada los motivos siguientes:
a) Enfermedad que impida el desempeño de las funciones asignadas al puesto de trabajo, siempre que sean debidamente acreditadas mediante certificado médico.
b) Maternidad o paternidad, dentro del periodo legalmente establecido para el disfrute del permiso derivado de dicha situación.
c) Las contrataciones en otra empresa o el nombramiento en la Administración.
d) Alta en el régimen de autónomos.
e) Circunstancias personales graves, que sean debidamente acreditadas, no previsibles, que hayan tenido lugar en un período no superior a tres días hábiles anteriores a la fecha en la que se realiza la oferta.
Cuando el aspirante renuncie por causa justificada mantendrá su posición en la Bolsa de Trabajo, ignorándolo para futuros llamamientos hasta tanto no cese tal causa, que habrá de comunicar mediante escrito motivado dirigido a la Presidencia de esta Entidad Local en el Registro de entrada.
11.5.- Finalizado el periodo por el que se efectúe su nombramiento, el aspirante podrá solicitar la actualización de los méritos generados en el periodo transcurrido, procediendo el Ayuntamiento a reclasificar el orden de prelación previsto.”

RESUELVO:
PRIMERO.- Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo para cubrir el puesto de OFICIAL ENCARGADO DE OBRAS, en los casos establecidos en la transcrita BASE UNDÉCIMA, de acuerdo con el siguiente orden de puntuación de los/as aspirantes que han participado en dicho proceso.


Orden Identidad Aspirante                      NIF           Puntos Totales
1 JUAN GÁLVEZ PÁEZ                         80****32-F     40,66
2 FRANCISCO JOSE PALMA MIRANDA 45****85-Y     40,66
3 EULOGIO LÓPEZ LUNA                    30****80-M    29,64
4 ANTONIO GUTIÉRREZ MENGUAL    30****80-M    16,64
5 JUAN ANTONIO RUIZ ALCÁNTARA   30****67-V     11,28

SEGUNDO.- Ordenar la publicación del presente DECRETO en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la pag web del mismo para generar conocimiento y a efectos de comienzo del plazo establecido en el punto 2 de la base undécima.
Lo manda y lo firma el Sr. Alcalde, en la Guijarrosa a la fecha de la firma electrónica, El Alcalde-Presidente
D. Manuel Ruiz Alcántara

DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE

Diligencia mediante la que se ordena la anotación de esta Resolución en su expediente y su incorporación al Libro de Resoluciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.2.e) y h) del RD 128/2018. Firmada digitalmente por la Secretaria en la fecha que consta en la huella digital impresa en este documento