Pérfil de contratación. Adjudicación Licitación ayuda a domicilio de La Guijarrosa

La
Junta Vecinal de la E.L.A de La Guijarrosa, en sesión extraordinaria
celebrada el día 5/11/2014, adoptó el siguiente acuerdo:

 

4º-. ADJUDICACIÓN LICITACIÓN AYUDA A
DOMICILIO DE LA GUIJARROSA.

 

Toma
la palabra el Sr. Presidente de la E.L.A que explica este asunto.

PRIMERO-.
Visto que con fecha
15/10/2014 se reúne la Mesa de Contratación para la calificación
de los documentos presentados por los licitadores del procedimiento
abierto, tramitación ordinaria para la contratación de la Concesión
del Servicio de Ayuda a Domicilio de La Guijarrosa.

Se
han presentado solicitudes en tiempo y forma, por los siguientes
licitadores:

  • RAFAEL
    LUQUE MOLINA, 34016959M, registro de entrada número 1036/2014,
    fecha 10/09/2014.

  • SERCOJARLIMP
    S.L., B14822167, registro de entrada número 1042/2014, fecha
    15/09/2014.

  • INEPRODES
    S.L., B14515936, registro de entrada número 1112/2014, fecha
    01/10/2014.

  • AMAVIC
    S.C.A., F14866917, registro de entrada número 1147/2014, fecha
    06/10/2014.

  • ASISTENCIAL
    MENALGUIR S.L.L., B14877039, registro de entrada número 1150/2014,
    fecha 06/10/2014.

A
continuación se procede a la apertura y calificación del sobre A:
documentación de carácter general presentada de acuerdo con lo
exigido en la cláusula 14 del PCAP:

Licitadores

Indice

Personalidad
y capacidad :

Escritura,
Estatutos y poder bastanteado + DNI

Solvencia
económica y financiera

Solvencia
técnica: acreditación Junta de Andalucía

No hallarse
incurso prohibiciones

…anexo II

Garantía
provisional
original

RAFAEL
LUQUE MOLINA

x

x

x

x

x

x

SERCOJARLIMP
S.L

Excluida,
al haber incluido en el sobre A aspectos valorables en el sobre B
(ubicación de una oficina o centro operativo en la localidad de
La Guijarrosa).

INEPRODES
S.L

x

x

x

x

x

x

AMAVIC
S.C.A

Excluida,
al haber incluido en el sobre A una propuesta de mejoras, con
aspectos valorables en el sobre B.

ASISTENCIAL
MENALGUIR S.L.L.

x

Falta
bastanteo

x

x

La
declaración debe estar firmada ante autoridad.

x

Considerando
lo anterior
la Mesa
realiza el siguiente pronunciamiento:

  • Empresas
    admitidas a licitación:

    RAFAEL
    LUQUE MOLINA, 34016959M y INEPRODES S.L., B14515936.

  • Empresas
    rechazadas y causas del mismo:

    ASISTENCIAL MENALGUIR S.L.L., B14877039

    no presenta la documentación siguiente: el certificado de poder
    bastante emitido por la Secretaria de la Corporación, y la
    declaración del anexo II, que debe realizarse ante autoridad o ante
    el Secretario de la Corporación. A tenor de lo anterior, se le
    requiere para que en el plazo de 3 días hábiles subsanen las
    deficiencias observadas, mediante la presentación en el Registro
    General de esta Entidad Local Autónoma la documentación requerida.

  • Empresas
    excluidas:
    SERCOJARLIMP
    S.L., B14822167 y AMAVIC S.C.A., F14866917. Ambas empresas han

    incluido en el sobre A aspectos valorables en el sobre B.

SEGUNDO-.
Visto que
con fecha
22/10/2014 se
reúne la Mesa de Contratación para la calificación de los
documentos presentados por los licitadores del procedimiento
abierto, tramitación ordinaria para la contratación de la Concesión
del Servicio de Ayuda a Domicilio de La Guijarrosa.

Se analiza
la documentación presentada en el plazo de 3 días hábiles
concedido al efecto, por ASISTENCIAL MENALGUIR S.L.L. B14877039, y
se considera subsanado el requerimiento, aportando el certificado de
poder bastante, y la declaración responsable firmada ante la
Secretaria de la E.L.A

Se da
apertura al acto público.

A
tenor de lo establecido en la cláusula 18 del PCAP se procede por
la Secretaria a manifestar el resultado de la calificación de los
documentos presentados :

  • Empresas
    admitidas a licitación:

  • RAFAEL
    LUQUE MOLINA, 34016959M.

  • INEPRODES
    S.L., B14515936.

  • ASISTENCIAL
    MENALGUIR S.L.L. B14877039.

  • Empresas
    rechazadas y causas del mismo :

1.
AMAVIC S.C.A., F14866917. Incluir en el sobre A aspectos valorables
en el sobre B

2.
SERVOJARLIMP S.L., B14822167. Incluir en el sobre A aspectos
valorables en el sobre B.

A
continuación se procede a la apertura del sobre B y dar lectura a
la proposición económica:

  • RAFAEL
    LUQUE MOLINA, 34016959M. Compromiso de ejecución conforme al
    precio/hora previsto en el Convenio con el IPBS.

  • INEPRODES
    S.L., B14515936. Compromiso de ejecución conforme al precio/hora
    previsto en el Convenio con el IPBS.

  • ASISTENCIAL
    MENALGUIR S.L.L. B14877039. Compromiso de ejecución conforme al
    precio/hora previsto en el Convenio con el IPBS.

Dándose
por terminado el acto publico.

A
continuación se procede a examinar, la documentación que permita
valorar los Criterios de adjudicación ponderables en función de un
juicio de valor, evaluables sin aplicación de formula matemática,
(proyecto) y a la vista de lo anterior, se acuerda por unanimidad de
miembros presentes, la valoración de dicho proyecto y que se
realice un informe técnico por los Servicios Sociales Comunitarios
del IPBS y convocar de nuevo la reunión de esta Mesa el día
29/10/2014, a las diez horas.

TERCERO-.
Con fecha de registro de entrada 29/10/2014, se recibe el informe del
Instituto Provincial de Bienestar Social relativo a la valoración de
los proyectos presentados por las empresas, del siguiente tenor
literal:

INFORME
TÉCNICO

Asunto: Valoración de los Proyectos
Técnicos presentados por las empresas licitantes a la Contratación
de la Concesión del Servicio Público de Ayuda a Domicilio en la
Entidad Local Autónoma de La Guijarrosa, en función de criterios
dependientes de un juicio de valor

A
instancia de la Mesa de Contratación, en función del acuerdo
adoptado en su reunión del día 22 de octubre de 2014, se solicita,
a los Servicios Sociales Comunitarios, la valoración de los
contenidos y la emisión de un Informe Técnico, sobre los Proyectos
que han sido presentados por las empresas admitidas en el concurso
abierto para la contratación del Servicio Público de Ayuda a
Domicilio. Los técnicos que suscriben tienen a bien ,

INFORMAR

PRIMERO.-
La documentación valorada, se corresponde únicamente, con la
contenida en el Proyecto Técnico, presentada por cada una de las
siguientes empresas clasificadas: “AYUDA A DOMICILIO LUQUE (ADL),
”INEPRODES S.L.” y ”ASISTENCIAL MENALGUIR S.L.L.”.

SEGUNDO.-
El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el Apartado
Decimoprimero, referente a CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS,
establece en la PRIMERA FASE: LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
PONDERABLES EN FUNCIÓN DE UN JUICIO DE VALOR, asignando una
puntuación máxima al Proyecto de 35 puntos en función del servicio
a prestar, de acuerdo con los siguientes contenidos:

  • Memoria
    sobre la organización del servicio, que se pretende implantar en el
    territorio vecinal, que contenga: Objetivos, metodología de la
    intervención y evaluación del servicio.

  • Conocimiento de la realidad del
    Servicio de Ayuda a Domicilio en La Guijarrosa.

TERCERO.- Considerando
que el Pliego no otorga de partida, una puntuación específica a los
contenidos técnicos relacionados en el apartado anterior, como tarea
previa a la valoración, distribuiremos la puntuación total, entre
las distintas variables predeterminadas.

Para la
valoración de los apartados de carácter técnico, cada profesional
una vez leídos, analizados y debatidos los contenidos, asignará una
puntuación individualmente a cada una de las variables, tomando como
definitiva la media de las puntuaciones. De esta forma, asignamos una
puntuación máxima de 20 puntos, al apartado “Memoria sobre la
Organización del Servicio”, al considerarlo de mayor importancia
desde un punto de vista técnico y 15 puntos al apartado
“Conocimiento de la Realidad del Servicio de Ayuda a Domicilio en
La Guijarrosa” .

CUARTO.- En
base a todo lo anteriormente expuesto, en la tabla siguiente,
procedemos a asignar las puntuaciones parciales, según contenidos y
la suma total:

EMPRESAS

a. Memoria Organización Servicio

b. Conocimiento de la Realidad
SAD Municipio

TOTAL

AYUDA
DOMICILIO LUQUE”

5

1

6

INEPRODES
S.L.”

17

1

18

ASISTENCIAL
MENALGUIR S.L.L.”

10

10

20

En La Guijarrosa, a 23 de
octubre de 2014

TRABAJADORA
SOCIAL TRABAJADORA SOCIAL Fdo. Leonor Velasco Rey Fdo. Mª
Carmen Vega Pavón”.

CUARTO-.
Visto que con fecha
29/10/2014, en el Salón
de Sesiones de la Casa Consistorial, se reúne la Mesa de
Contratación para la valoración de los criterios de valoración
automática, por los licitadores del procedimiento abierto,
tramitación ordinaria para la contratación de la Concesión del
Servicio de Ayuda a Domicilio de La Guijarrosa.

Visto
el informe técnico de los Servicios Sociales Comunitarios del IPBS,
con número de registro de entrada 1227/2014, se realiza la
siguiente valoración :


Fase.- Criterios de adjudicación ponderables en función de un
juicio de valor : 35 puntos

Licitadores

Memoria


Objetivos

-Metodología
de la intervención.


Evaluación del Servicio.

Conocimiento
realidad

Totales
máximo 35p

RAFAEL
LUQUE MOLINA, 34016959M

5

1

6

INEPRODES
S.L., B14515936

17

1

18

ASISTENCIAL
MENALGUIR S.L.L. B14877039

10

10

20

 


FASE criterios de adjudicación ponderables en función juicio de
valor con formula matemática.
95,00
puntos.

1-.

Licitadores

Experiencia
en proyectos similares (20 puntos)
.

Ubicación
de una oficina o centro operativo (máximo 5 puntos).

Compromiso
para la contratación indefinida de los trabajadores/as subrogados
(
máximo
de

15 puntos).

Compromiso
por el fomento del empleo local

(máximo de
5
puntos
).

RAFAEL LUQUE MOLINA,
34016959M

20

0

15

5

INEPRODES S.L.,
B14515936

20

5

15

5

ASISTENCIAL MENALGUIR
S.L.L. B14877039

20

5

15

5

2-.

Licitadores

Propuestas
de mejora del Servicio durante el periodo de vigencia del contrato
(máximo
de
25
puntos)

Planes
de Perfeccionamiento y reciclaje del Personal

(
5
puntos
).

Contratación
de un coordinador

con titulación académica en trabajo social (
10
puntos).

Bolsas
de hora de libre

disposición de ayuda a domicilio al mes, para los servicios
sociales de la localidad (máximo de
10
puntos)

Totales

RAFAEL LUQUE MOLINA,
34016959M

20

5

10

10

85

INEPRODES S.L.,
B14515936

15

5

10

10

85

ASISTENCIAL MENALGUIR
S.L.L. B14877039

25

5

10

10

95

Puntuación
Total :

Licitadores

Puntuación
total

RAFAEL LUQUE MOLINA,
34016959M

91

INEPRODES S.L.,
B14515936

103

ASISTENCIAL MENALGUIR
S.L.L. B14877039

115

A
tenor de lo anterior esta Mesa eleva propuesta de adjudicación a
favor de
ASISTENCIAL
MENALGUIR S.L.L., con C.I.F. B14877039.

QUINTO-.
Presentada por ASISTENCIAL MENALGUIR S.L.L., C.I.F. B14877039 como
propuesta para la adjudicación del servicio de Ayuda a domicilio, la
documentación necesaria para la adjudicación del contrato.

De conformidad con los
anteriores antecedentes, sometido el asunto a votación, esta Junta
Vecinal, por unanimidad de los presentes, ACUERDA:

PRIMERO.-
Clasificar, la proposición presentada
,
atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos en el
Pliego
de condiciones técnicas, jurídicas, económicas y administrativas
,
y conforme a la propuesta realizada por la Mesa de contratación, en
los términos que se indican a continuación:

Licitadores

Puntuación
total

RAFAEL LUQUE MOLINA,
34016959M

91

INEPRODES S.L.,
B14515936

103

ASISTENCIAL MENALGUIR
S.L.L. B14877039

115

SEGUNDO.-
Adjudicar el contrato de ayuda a domicilio de La Guijarrosa a
ASISTENCIAL
MENALGUIR S.L.L., C.I.F. B14877039
,
por el precio/hora recogido en el Convenio suscrito entre la E.L.A La
Guijarrosa y el Instituto Provincial de Bienestar Social para la
ayuda a domicilio (
precio
de 12,50 €, coste aproximado del servicio
89.292,60
,
según Convenio con IPBS de la Diputación Provincial de Córdoba,
2.014),

y conforme al proyecto técnico y mejoras presentadas en su oferta.
La
duración inicial del contrato será desde la fecha de formalización
del correspondiente contrato hasta el 31 de diciembre de 2014,
debiendo
iniciarse el mismo en el plazo

máximo
de un mes desde dicha formalización. Esta obligación se integrará
en el contrato con el carácter de “Obligación Contractual
Esencial” a los efectos previstos en el artículo 223.f) del
TRLCSP, por lo que el incumplimiento de tal obligación será causa
de resolución del contrato. Dicho contrato será prorrogable
anualmente por mutuo acuerdo de las partes, expresado por escrito a
petición de la empresa concesionaria con una antelación mínima de
tres meses, respecto a la finalización del período contractual, sin
que duración total de las prórrogas puedan exceder de cuatro años.

TERCERO-.
C
itarle
para la firma del contrato, que se efectuará en documento
administrativo, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a
aquel en que se reciba la notificación de este acuerdo.

CUARTO.-
Notificar
la adjudicación a los licitadores que no han resultado
adjudicatarios y publicar la misma en el Perfil del Contratante.

RECURSOS

Contra
el acto administrativo de carácter no tributario que pone fin a la
vía administrativa de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 4/1.999, de
13 de enero, de modificación de la Ley 30/1.992, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común:

  • RECURSO
    POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que los hubiera
    dictado y en el plazo de un mes.

  • RECURSO
    CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo
    Contencioso-Administrativo que corresponda de la provincia de
    Córdoba y en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente
    al de la publicación de la disposición impugnada o al de la
    notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía
    administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos
    8 y 46 de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, Reguladora de la
    Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si
el acto administrativo es recurrido en reposición no se podrá
interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta
del recurso de reposición.

  • RECURSO
    EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN cuando concurra alguna de las
    circunstancias previstas en el artículo 118 de la Ley 30/1.992, de
    26 de noviembre, ante el órgano administrativo que los dictó y en
    los plazos señalados en el citado artículo.

No
obstante, podrá interponerse cualquier otro que se considere
oportuno.