SUBVENCIONES A FAVOR DELAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA GUIJARROSA 2024.

BASES GENERALES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE LA GUIJARROSA A  ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIPIO DE LA GUIJARROSA.

Convocatoria 2024
Al Ayuntamiento de La Guijarrosa le corresponde la promoción y desarrollo cultural, recreativa, deportiva, juvenil, de enseñanza, sanitaria, ecológica, de servicios sociales o de cualquier otra naturaleza análoga, que complementen o suplan los servicios de competencia municipal regulados por los artículos 25 a 28 de la Ley 7/1.985. de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y demás legislación concordante, o sean de interés social.
PRIMERA. – OBJETO
Podrán ser objeto de subvención económica las actividades culturales deportivas, recreativas, juveniles, de enseñanzas, sanitarias,  ecológicas, de servicios sociales de utilidad o interés social realizadas por asociaciones u otras entidades cuyo objeto sea la promoción y/o difusión de la cultura y el deporte, la igualdad y el bienestar social en sus variadas manifestaciones en sus diversas manifestaciones tales como a modo de ejemplo a continuación se relacionan, siendo requisito ineludible que dichas actividades estén orientadas al disfrute de la población de La Guijarrosa en general sin que sean subvencionables aquellos proyectos dirigidos a ser disfrutados únicamente por los socios o un grupo reducido de personas predeterminado:
proyectos culturales subvencionables: exposiciones  conciertos, edición de publicaciones, conferencias, grupos de teatro y danza, representaciones teatrales, musicales o de danza conjuntos y agrupaciones musicales, recuperación de la cultura popular y en general todos aquellos proyectos que completen la programación cultural del Ayuntamiento de La Guijarrosa que se lleven a cabo dentro del año en el que se realice la convocatoria (Año 2024) A)Proyectos deportivos subvencionables: Realización de eventos deportivos organizados Organización y/o participación en eventos deportivos.
B) En general realización de Talleres, Cursos, Jornadas, destinadas a la participación del conjunto de la población.
C) Gastos subvencionables: Dentro de dichas actividades serán gastos subvencionables, siempre que sean necesarios para el desarrollo de la
actividad: Montaje de eventos, espectáculos y actividades.
 Gastos de material para la realización de las actividades.
 Colaboraciones de personal técnico (monitores y conferenciantes)
 Gastos de propaganda y publicidad.
 Gastos de publicaciones y documentación.
 Gastos de personal contratado para realizar las actividades previstas con sus respectivas retenciones fiscales, Salario de personal
contratado.
 Gastos de alojamiento, transporte y manutención con las limitaciones establecidas para la Administración Pública.

Gastos NO subvencionables: los gastos de provisión de comidas y bebidas de las actividades realizadas (peroles, comida o avituallamiento).
Las subvenciones se harán efectivas con cargo a la partida correspondiente del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de La Guijarrosa. La subvención máxima a la que puede optar una asociación será de 1.100,00 €.

BASES REGULADORAS ASOCIACIONES 2024

Anexo-1-Solicitud-2024

Anexo-2-Memoria-2024

Anexo-3-Acreditacion-otras-subvenciones

Anexo-4- Justificación-2024